¿Por qué medir la participación
cultural?
Como sabemos, la cultura no es un
hecho estático sino un organismo vivo y, por ende, nuestra forma de
participación también atraviesa cambios.
En lo que probablemente estemos todos de acuerdo es en que deberían darnos la
oportunidad de tener acceso, deberíamos ser capaces de elegir si participamos o
no, y en que todo esto debería tener una base regulatoria que lo garantice en
toda circunstancia y para todo el mundo. Las políticas públicas, especialmente
las políticas culturales, deberían reflejar y contribuir a la construcción de
un entorno favorecedor en el que se respeten los derechos al acceso y la participación en la vida cultural. (Laaksonen,
2010]
Un derecho fundamental
El Artículo 27 de la Declaración
Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas (Derechos Humanos de
las Naciones Unidas, 1948) expresa que "Toda persona tiene derecho a
tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las
artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él
resulten". Esto implica una obligación por parte de los gobiernos (en
el nivel nacional, regional y local) para garantizar la ratificación de este
derecho. No se trata solamente -más allá de su importancia- del derecho a la
libertad de expresión (Artículo 19). Junto con el "derecho al descanso y
al disfrute del tiempo libre" (Artículo 24), se refiere más que a la mera
existencia o disponibilidad de cultura porque abarca preocupaciones vitales
adicionales en políticas como la educación, la lengua, la provisión cultural,
el ingreso disponible, la geografía y el territorio, hasta el transporte
público.

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