martes, 31 de mayo de 2016

USOS DEL PATRIMONIO: NUEVOS ESCENARIOS; ENCUENTRO INTERNACIONAL

Gestión del patrimonio
La Convención sobre la protección del patrimonio mundial, cultural y natural de 1972, señala que, con objeto de garantizar una protección y una conservación eficaces y revalorizar lo más activamente posible el patrimonio cultural y natural situado en el territorio de cada país, cada uno de los Estados Partes firmantes de la Convención procurará dentro de lo posible, adoptar una política general encaminada a atribuir al patrimonio cultural y natural una función en la vida colectiva y a integrar la protección de ese patrimonio en los programas de planificación general. Además, la Convención recomienda adoptar las medidas jurídicas, científicas, técnicas, administrativas y financieras adecuadas, para identificar, proteger, conservar, revalorizar y rehabilitar el patrimonio. (Artículo 5, Convención sobre la protección del patrimonio mundial, cultural y natural).
Al respecto, las Directrices prácticas para la aplicación de la Convención del Patrimonio Mundial señalan que la protección y la gestión de los bienes declarados Patrimonio Mundial debe garantizar que el Valor Universal Excepcional y las condiciones de integridad y/o autenticidad en el momento de la inscripción en la lista se mantengan o mejoren en el futuro. (Sección II.F,  párrafo 96. Directrices prácticas para la aplicación de la Convención del Patrimonio Mundial.)

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